Jubilación flexible, pero con una condición: así puede cambiar el cobro de la pensión desde agosto

Jun 06, 2026 - 21:27
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Jubilación flexible, pero con una condición: así puede cambiar el cobro de la pensión desde agosto

El Gobierno ha dado luz verde a una reforma de la jubilación flexible que cambia las condiciones para quienes ya están jubilados y quieren volver a trabajar sin renunciar por completo a su pensión. La medida facilita el regreso al mercado laboral y amplía los supuestos en los que se puede compatibilizar una actividad profesional con el cobro de una parte de la prestación.

Una de las principales novedades es que ya no será necesario esperar un tiempo mínimo desde el acceso a la jubilación para solicitar esta modalidad. Una vez reconocida la pensión, la persona interesada podrá acogerse a la jubilación flexible en cualquier momento.

  • Manifestación de pensionistas, en una imagen de archivo
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La reforma incorpora además una ampliación relevante: por primera vez, los jubilados que retomen una actividad como autónomos podrán beneficiarse de esta fórmula. Hasta ahora, la jubilación flexible estaba reservada a quienes volvían al empleo mediante un contrato por cuenta ajena a tiempo parcial.

Autónomos incluidos por primera vez

La nueva norma establece que los pensionistas que desarrollen una actividad compatible a tiempo parcial podrán cobrar hasta el 25% de la pensión mientras trabajan. En el caso de los trabajadores por cuenta propia, esta inclusión supone una de las modificaciones más destacadas del nuevo marco.

También se introducen cambios para los trabajadores asalariados que opten por esta modalidad. La jornada laboral compatible con la jubilación flexible se amplía y podrá situarse entre el 33% y el 80% de una jornada completa.

  • Imagen de archivo de una manifestación de jubilados y pensionistas.
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Hasta ahora, el margen permitido oscilaba entre el 25% y el 75%. Con la reforma, la cuantía de la pensión se reducirá en proporción inversa al tiempo trabajado, de forma que el importe final dependerá de la jornada que realice cada pensionista.

Complementos para quienes esperen al menos seis meses

La reforma incluye incentivos económicos para quienes se acojan a la jubilación flexible al menos seis meses después de haberse retirado. En estos casos, los pensionistas recibirán un complemento sobre la pensión que estén percibiendo.

Ese plus será del 25% para quienes trabajen entre el 55% y el 80% de la jornada. Para quienes tengan una jornada situada entre el 33% y el 55%, el incremento será del 15%.

  • Parejas de jubilados paseando por la playa de Sanlúcar, elegida mejor lugar para jubilarse
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La norma también contempla ventajas para quienes accedieron a la jubilación anticipada involuntaria. Cuando estos pensionistas finalicen el periodo de jubilación flexible y vuelvan a jubilarse, su pensión podrá mejorar por el recálculo de la base reguladora y por el porcentaje aplicable en función de las nuevas cotizaciones realizadas durante el tiempo trabajado.

La reforma entrará en vigor el próximo 28 de agosto, tres meses después de su aprobación por el Consejo de Ministros. Su aplicación se extenderá a todos los regímenes de la Seguridad Social, aunque quedarán excluidos los funcionarios civiles del Estado, los miembros de las Fuerzas Armadas y el personal al servicio de la Administración de Justicia.

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