Cuatro meses de prisión e internamiento por agarrar del pelo y pegar a una enfermera del Hospital Provincial de Córdoba

La Audiencia ratifica la pena impuesta por un juzgado de instancia después de valorar que la acusada era plenamente consciente de lo hizo a la sanitaria cuando intentó mediar entre dos internos
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha ratificado la sentencia que condenaba a una paciente de la Unidad de Salud Mental del Hospital Provincial por agredir a una enfermera en junio de 2020. La resolución ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la defensa, confirmando íntegramente la pena de cuatro meses de prisión y la medida de seguridad de internamiento en un centro de salud mental.
El incidente tuvo lugar la tarde del 21 de junio de 2020. Según los hechos probados, la acusada se encontraba discutiendo con otro interno cuando la enfermera se acercó para intervenir en el conflicto. En ese momento, la acusada, plenamente consciente de la condición de enfermera de la víctima, comenzó a insultarla.
Cuando la sanitaria se giró, la agresora la agarró fuertemente del pelo y le propinó un fuerte puñetazo en la espalda. La enfermera tuvo que refugiarse en el despacho de enfermería mientras la acusada profería amenazas de muerte, realizando gestos amenazantes con el dedo en el cuello. Como consecuencia, la víctima sufrió lesiones cervicales y arañazos que tardaron diez días en sanar, aunque no ha reclamado indemnización.
Tras la condena de la plaza número 2 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Córdoba, la defensa recurrió alejando una eximente completa de alteración mental dado que la acusada tiene un trastorno de personalidad límite, inestabilidad emocional, trastorno de conducta y consumo abusivo de sustancias con síntomas psicóticos.
Sin embargo, el tribunal ha rechazado esta eximente porque, aun reconociendo que la voluntad de la mujer estaba parcialmente afectada por su trastorno, en el momento de los hechos tenía conservado su conocimiento. Además, los peritos ratificaron que, aunque el consumo de drogas agravaba su agresividad, los hechos ocurrieron en un hospital donde el acceso a sustancias tóxicas no estaba permitido, lo que limitaba la incidencia de este factor en su conducta delictiva.
Por todo ello, la Audiencia ha confirmado los cuatro meses de prisión por un delito de atentado y 180 euros de multa por otro de lesiones. Además, el tribunal ha mantenido la medida de seguridad de internamiento por cuatro meses en un centro adecuado a su patología. Contra esta resolución no cabe recurso.
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